¿Es necesario actualizar las fechas de derechos de autor? [cerrado]

Resuelto James Jones asked hace 14 años • 7 respuestas

De vez en cuando veo un sitio web que tiene una fecha de copyright antigua. En mi mente, siempre pienso: "¡Mira al tonto que olvidó actualizar el año de sus derechos de autor!". Entonces, mientras estaba codificando un año de derechos de autor en el sitio que estoy diseñando actualmente, de repente me di cuenta:

¿Cómo diablos voy a recordar actualizar esto?

Mi reacción inmediata fue simplemente utilizar alguna codificación del lado del servidor para mostrar automáticamente el año actual. Bam, arreglado.

Más tarde, comencé a reflexionar: si alguien tan grande e inteligente como Google puede pasar por alto esto , tal vez haya algo malo en hacerlo de esta manera. ¿Quizás estoy haciendo algo mal? Supongo que lo que realmente me pregunto es por qué me siento obligado a mantener actualizado el año de derechos de autor. ¿Hay alguna razón o la culpa es de mi TOC crónico?

Si hay una buena razón para mantenerlos actualizados, ¿por qué no más desarrolladores utilizan código del lado del servidor? Veo estos "errores " por todas partes .

James Jones avatar Mar 06 '10 04:03 James Jones
Aceptado

El aviso de derechos de autor sobre una obra establece un reclamo de derechos de autor. La fecha del aviso establece con qué antigüedad se realizó el reclamo. Esto significa que si actualiza la fecha, ya no reclama los derechos de autor de la fecha original y eso significa que si alguien ha copiado el trabajo mientras tanto y reclama que es suyo basándose en que publicaron la copia antes de su reclamo, entonces Será difícil establecer quién es el autor de la obra.

Por lo tanto, si el reclamo se basa en derechos de autor de derecho consuetudinario (no registrados formalmente), entonces la fecha debe ser la fecha de la primera publicación. Si el reclamo es un derecho de autor registrado, entonces la fecha debe ser la fecha reclamada en el registro. En los casos en que el trabajo fue revisado sustancialmente, usted puede establecer un nuevo reclamo de derechos de autor sobre el trabajo revisado agregando otro aviso de derechos de autor con una fecha más reciente o agregando una fecha adicional al aviso existente como en "© 2000, 2010". Nuevamente, la fecha agregada establece qué tan atrás se realiza el reclamo en la revisión.

trijezdci avatar Mar 06 '2010 06:03 trijezdci

No hay ninguna razón para que un individuo actualice el año de los derechos de autor, porque en los EE. UU. y Europa la vida de los derechos de autor es la vida del autor más 70 años (50 años en algunos otros países como Canadá y Australia). Extender la fecha no extiende los derechos de autor. Esto también se aplica cuando una página tiene varios contribuyentes, ninguno de los cuales es una empresa.

En cuanto a las corporaciones, Google no actualiza sus fechas de copyright porque no les importa si alguna página que comenzaron en 1999 y actualizaron este año cae en el dominio público en 2094 o 2109. Y si no es así, ¿por qué debería hacerlo usted? (Como Googler, ahora ex-Googler, me dijeron que esta también era la política para el código fuente interno).

John Cowan avatar Jan 03 '2014 19:01 John Cowan

Tu TOC tiene la culpa :)

No es necesario que incluya nada sobre derechos de autor en su página; los derechos de autor se aplican automáticamente hasta que usted otorga una licencia explícita para ello. Los derechos de autor también se aplican durante un número preestablecido de años según lo determinado por los tratados internacionales. No sé cuál es el número exacto de años, pero es mucho, por lo que no tiene ningún sentido actualizar el año en su aviso de derechos de autor.

kime waza avatar Mar 05 '2010 22:03 kime waza

Técnicamente, debes actualizar un año de derechos de autor sólo si hiciste contribuciones al trabajo durante ese año. Entonces, si su sitio web no se actualizó en un año determinado, no hay motivo para tocar el archivo solo para actualizar el año.

C. K. Young avatar Mar 05 '2010 22:03 C. K. Young

Es importante reconocer que las leyes de derechos de autor han cambiado y que para fuentes no estadounidenses, especialmente después de que EE. UU. se adhirió al Convenio de Berna el 1 de marzo de 1989, el registro de derechos de autor no es necesario para hacer cumplir un aviso de derechos de autor.
Aquí hay un currículum citado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Cornell (copiado el 4 de marzo de 2015 de https://www.law.cornell.edu/wex/copyright :

"Copyright copyright: an Overview

La Ley de Derechos de Autor de EE. UU., 17 USC §§ 101 - 810, es una legislación federal promulgada por el Congreso en virtud de su autoridad constitucional para proteger los escritos de los autores. Véase la Constitución de los Estados Unidos, Artículo I, Sección 8. La tecnología cambiante ha llevado a una comprensión cada vez mayor de la palabra "escritos". La Ley de Derecho de Autor abarca ahora el diseño arquitectónico, el software, las artes gráficas, las películas y las grabaciones de sonido. Véase § 106. A partir del 1 de enero de 1978, se consideró que todas las obras de autoría fijadas en un medio tangible de expresión y dentro del objeto del derecho de autor estaban dentro de la jurisdicción exclusiva de la Ley de Derecho de Autor, independientemente de si la obra fue creada antes o después de esa fecha y si están publicados o no. Véase § 301. Véase también preferencia.

El propietario de un derecho de autor tiene el derecho exclusivo de reproducir, distribuir, ejecutar, exhibir, otorgar licencias y preparar trabajos derivados basados ​​en el trabajo protegido por derechos de autor. Véase § 106. Los derechos exclusivos del propietario de los derechos de autor están sujetos a limitación por la doctrina del "uso justo". Véase § 107. El uso legítimo de una obra protegida por derechos de autor con fines tales como críticas, comentarios, informes de noticias, enseñanza, becas o investigación no constituye una infracción de los derechos de autor. Para determinar si un uso particular califica o no como uso legítimo, los tribunales aplican una prueba de equilibrio de múltiples factores. Véase el artículo 107.

La protección de los derechos de autor subsiste en las obras originales de autoría fijadas en cualquier medio tangible de expresión desde el cual puedan percibirse, reproducirse o comunicarse de otro modo, ya sea directamente o con la ayuda de una máquina o dispositivo. Véase § 102. La protección de los derechos de autor no se extiende a ninguna idea, procedimiento, proceso, sistema, método de operación, concepto, principio o descubrimiento. Por ejemplo, si se escribe un libro que describe un nuevo sistema de contabilidad, la protección de los derechos de autor sólo se extiende a la descripción que hace el autor del sistema de contabilidad; no protege el sistema en sí. Véase Baker contra Selden, 101 US 99 (1879).

Según la Ley de derechos de autor de 1976, el registro de los derechos de autor es voluntario y puede realizarse en cualquier momento durante el plazo de protección. Véase § 408. Aunque el registro de una obra en la Oficina de derechos de autor no es una condición previa para la protección, no se puede iniciar una acción por infracción de derechos de autor hasta que los derechos de autor se hayan registrado formalmente en la Oficina de derechos de autor. Véase el artículo 411.

El depósito de copias en la Oficina de Derechos de Autor para uso de la Biblioteca del Congreso es un requisito independiente del registro. El incumplimiento del requisito de depósito dentro de los tres meses siguientes a la publicación de la obra protegida podrá dar lugar a una multa civil. Véase § 407. El Registro de Derechos de Autor puede eximir a ciertas categorías de material del requisito de depósito.

En 1989, Estados Unidos se adhirió al Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas. De conformidad con los requisitos del Convenio de Berna, la notificación ya no es una condición de protección para las obras publicadas después del 1 de marzo de 1989. Este cambio en el requisito de notificación se aplica sólo de forma prospectiva a copias de obras distribuidas públicamente después del 1 de marzo de 1989.

El Convenio de Berna también modificó la norma que hace que el registro de los derechos de autor sea una condición previa para iniciar una demanda por infracción. Para obras originadas en un país del Convenio de Berna, se puede iniciar una acción por infracción sin registrar la obra en la Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. Sin embargo, para obras de origen estadounidense, aún se requiere el registro antes de presentar una demanda.

La agencia federal encargada de administrar la ley es la Oficina de Derechos de Autor de la Biblioteca del Congreso. Ver § 701 de la ley. Sus reglamentos se encuentran en las Partes 201 - 204 del título 37 del Código de Reglamentos Federales."

Steven avatar Mar 04 '2015 09:03 Steven